Cómo calcular el aguinaldo (y qué pasa si no trabajó el año completo)
Quince días de salario es el mínimo, pero el cálculo se enreda con los que entraron a media año. Aquí la fórmula, la proporción y las fechas.
14 de noviembre de 2025 · 6 min de lectura
El aguinaldo es de las pocas prestaciones que casi todos conocen, pero pocos calculan bien cuando el trabajador no cumplió el año completo. La regla base es simple: mínimo 15 días de salario, pagados antes del 20 de diciembre. Lo que se complica es la parte proporcional.
La fórmula, en una línea
Aguinaldo completo es igual a salario diario por 15 (o los días que tú otorgues, si das más que la ley). Para el que no trabajó el año entero, se calcula la parte proporcional: los días de aguinaldo entre 365, por los días efectivamente trabajados en el año.
| Situacion | Dias trabajados | Aguinaldo aproximado (MXN) |
|---|---|---|
| Año completo | 365 | 7,500 |
| Entro el 1 de julio | 184 | 3,781 |
| Entro el 1 de octubre | 92 | 1,890 |
| Entro el 1 de diciembre | 31 | 637 |
Detalles que cuestan si los ignoras
- El aguinaldo paga ISR solo por la parte que excede 30 días de UMA; abajo de eso va exento.
- El plazo es firme: antes del 20 de diciembre, no en enero ni cuando haya flujo.
- Quien ya no trabaja contigo también tiene derecho a su aguinaldo proporcional.
- Si das más de 15 días, esa costumbre se vuelve obligatoria: no la bajes al año siguiente.
Ese detalle del ISR confunde a muchos: el aguinaldo no está exento completo, solo hasta 30 días de UMA. Lo que pase de ahí se acumula al ingreso del mes y causa retención. Timbrarlo con la clave correcta hace que el trabajador no pague de más en su anual.
Lo calculamos y lo timbramos, tú solo autorizas el pago
En NovaLab sacamos el aguinaldo de cada quien, proporcional o completo, con su parte exenta y gravada bien separada. Tu gente cobra a tiempo y en regla, y tú cumples el plazo del 20 de diciembre sin correr.
Referencias
- — Ley Federal del Trabajo, articulo 87 (aguinaldo minimo de 15 dias, pago antes del 20 de diciembre).
- — Ley del Impuesto sobre la Renta, articulo 93 fraccion XIV (exencion de 30 dias de UMA).
- — SAT — tratamiento fiscal del aguinaldo en el CFDI de nomina.
- — IMSS — integracion del aguinaldo al salario base de cotizacion.
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