Timbrar la nómina paso a paso (y qué pasa si te atrasas)
Calcular la nómina es la mitad; timbrarla es la otra. Aquí el proceso de sellado ante el SAT, los plazos y el costo de saltártelos.
19 de mayo de 2026 · 6 min de lectura
Pagar la nómina y timbrarla son dos cosas distintas. Puedes depositarle a tu gente y, si no timbras el CFDI, ese gasto no existe para el SAT. Timbrar es el acto de sellar el recibo digital con un proveedor autorizado (PAC) para que quede validado ante la autoridad. Sin ese sello, el recibo no vale.
El proceso de timbrado
- 01Calculas la nomina: percepciones, deducciones, ISR, subsidio y neto.
- 02Armas el CFDI con el complemento de nomina 1.2 y las claves de cada concepto.
- 03Lo envias al PAC (proveedor autorizado de certificacion) para su sellado.
- 04El PAC valida y le asigna el folio fiscal (UUID): ahi queda timbrado.
- 05Entregas el XML y su representacion en PDF al trabajador.
| Situacion | Plazo para timbrar | Riesgo si te pasas |
|---|---|---|
| Regla general | En la fecha del pago | El gasto pierde deducibilidad |
| Facilidad para empresas chicas | Pocos dias habiles despues | Se acota, no se elimina |
| Correccion de un error | Cancelar y reemitir | Diferencias con la declaracion |
El punto es simple: el timbrado no es un trámite que puedas dejar para fin de mes. Cada recibo se sella en la fecha del pago o dentro de la facilidad que aplique. Atrasarte no solo arriesga la deducción del gasto: descuadra el cruce que el SAT hace entre tus CFDI y el ISR que enteras.
- Timbra el mismo día que pagas: es la regla que no falla en una revisión.
- Si te equivocaste, cancela y reemite; no edites el XML a mano.
- Conserva el XML, no solo el PDF: el archivo válido ante el SAT es el XML.
- Concilia mensualmente los CFDI timbrados contra el ISR que enteraste.
Pagas y timbramos el mismo día, un solo interlocutor
En NovaLab el timbrado va pegado al pago: calculamos, sellamos con el PAC y le entregamos su recibo a tu gente sin que tú toques un XML. Números al día, deducción protegida y cero atrasos que reboten en la declaración.
Referencias
- — Codigo Fiscal de la Federacion, articulo 29 (obligacion y proceso de emitir CFDI).
- — SAT — guia de llenado del CFDI de nomina y proveedores autorizados de certificacion (PAC).
- — Resolucion Miscelanea Fiscal — plazos y facilidades para timbrar la nomina.
- — Ley del Impuesto sobre la Renta, articulo 27 (requisitos de deducibilidad de sueldos).
Contabilidad
¿Lo quieres resuelto, no solo leído?
Contabilidad, impuestos y nómina sin sustos ni fiscalés. Cumples con el SAT y, además, entiendes tus números para decidir.
Ver contabilidad